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A lo largo de muchos años, la situación ambiental del lago San Roque se fue agravando a partir de la contaminación proveniente de diversas fuentes. De modo tenue, se fueron dando a conocer algunos estudios que, desde diferentes perspectivas científicas, mostraban la situación crítica del dique y algunos de sus componentes ecosistémicos. Año a año, los medios exponían las impactantes imágenes del manto verde que cubría el espejo de agua. Sin embargo, la resonancia de esas noticias nunca tuvo la fuerza suficiente como para conmover de un modo significativo la agenda política.

La narrativa hegemónica sobre la problemática parecía asentarse en un orden «natural» y «ecológico» del lago (que ocurría solo durante el verano, o por el régimen cíclico regular de las algas, etc.). Una cuestión que no era motivo de problematización. El campo de tensión entre quienes pretendían visibilizar la situación crítica y el Estado indiferente, nunca repercutió en las plataformas electorales ni en las políticas de los gobiernos de turno. El discurso dominante parecía inclinarse por la subestimación consciente de la situación.

Sin embargo, durante la pandemia fue posible advertir un cierto quiebre en torno a este patrón. Según entiendo no podría afirmarse qué causa en particular ocasionó tal mutación. De un modo casi ilusorio, la mejora del Río Suquía o de los canales de Venecia por la disminución de la actividad contaminante sirvieron, por contraste, para advertir la irreversibilidad del estado crítico del San Roque.

Lo cierto es que, a partir de esa crisis sanitaria, algunas personas con una estrecha vinculación territorial, atravesadas por una conexión no sólo ecosistémica, sino también cultural, comenzaron a alzar la voz dando a conocer el real deterioro del lago San Roque y su impacto ambiental. A la par, algunos conflictos territorialmente vinculados a la cuenca del dique, como el caso de la Autovía de Punilla, generaron un fuerte impulso en la lucha ambiental. De algún modo, sirvieron como ejemplo a otras comunidades para reconocerse como personas con derecho a intervenir y exigir en aquellos asuntos que les implicaban. En ese contexto, también algunos medios se permitieron hablar de la problemática de un modo más integral. 

El «San Roque» dejó de ser un recurso hídrico que mostraba su contaminación en ciertas épocas del año para ser una preocupación colectiva. Una mirada integral atravesó las demandas, que ya no se centraban sólo en el olor nauseabundo o el color de las aguas. Los efectos de la contaminación sobre la fauna, la flora, el turismo, la pesca artesanal, los otros componentes hídricos, la salud pública y la vida comunitaria aparecieron como una contra narrativa local, que permitió observar el verdadero alcance socio ambiental de la problemática.  Se puso de manifiesto la inexistencia de políticas públicas integrales de gestión, y la responsabilidad de quienes deben encargarse de la protección y preservación ambiental. 

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Este breve relato, sin dudas deja por fuera numerosas variables que hacen a la gran complejidad de esta situación. Sin embargo, permite ver, aunque de un modo fugaz, el avance en torno al conflicto y la trascendencia que tuvo y tiene la difusión y visibilización de un discurso genuino, asentado en lo vivencial y con anclaje territorial.

Toda esta historia de desidia, invisibilización y desigualdad ambiental para los derechos de quienes se vinculan con el Lago San Roque comienza a revelarse a la sociedad. La construcción de la  acción de amparo ambiental presentada por Fundeps en el mes de noviembre del año pasado, la cual tiene como  finalidad última de proteger la salud de las personas que habitan en zonas cercanas al lago, de quienes desarrollan en él diversas actividades recreativas y deportivas y de la inmensa población que consume agua de la cuenca, fue concebida  desde lo colectivo, con etapas participativas  y desde una ética ambiental responsable, derivó en lo que, a mi parecer, es el primer indicio positivo para atender a la problemática histórica desde una respuesta institucional.  

La importancia de la resolución judicial dictada por la Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación de la Ciudad de Córdoba posee una fuerza jurídica, pero por sobre todo simbólica. Su contenido expone un trasfondo que va más allá de lo resuelto.

Tras recibir los variados informes de las dependencias provinciales vinculadas a la gestión ambiental del Lago San Roque, el Tribunal revela la inacción estatal. Así, en su resolución deja ver la falta de funcionamiento del denominado «Comité de Desarrollo Sostenible de la Cuenca del Lago San Roque». Este órgano, creado en el año 1988, era el encargado de prevenir el desarrollo de factores contaminantes y procurar la preservación del lago. 

Por otro lado, la resolución expone la inexistencia de un plan de saneamiento que busque  la recomposición del lago de un modo integral. Advierte sobre la existencia de medidas aisladas sin coordinación entre las autoridades competentes. Además, demuestra la existencia de parámetros objetables en los vertidos cloacales de Villa Carlos Paz, la Falda y Valle Hermoso. Finalmente, plasma la existencia de un monitoreo carente de fin alguno

Estas afirmaciones, traslucen lo que de algún modo era evidente, esto es, la inexistencia al día de hoy de una política ambiental de gestión integral del Lago San Roque que procure su preservación y saneamiento. No se detectó un esfuerzo de la administración por afrontar la recomposición ambiental, y resguardar los derechos fundamentales de quienes se vinculan con el recurso sea de un modo directo o indirecto. Además, el tribunal afirmó «el público conocimiento» que existía en relación a la delicada situación del San Roque, lo cual deja entrever, que aún ante un contexto así, ninguna autoridad estatal (sea en cualquiera de sus funciones) tomó razón y actuó en consecuencia.  

Ante tal panorama, el Tribunal, de modo «cautelar» y provisorio, ordenó a la Provincia (Secretaría de Recursos Hídricos, de Servicios Públicos, de Ambiente, Administración Provincial de Recursos Hídricos) con la participación del Instituto Nacional del Agua (INA- CIRSA) a elaborar un «Plan de Saneamiento del lago San Roque y de Desarrollo Sostenible» en un plazo de 60 días hábiles. Asimismo, la propia Cámara, desde una faz proactiva, brindó criterios sobre los cuales debería desarrollarse el plan (acciones, metas, metodologías, plazos, alternativas para afrontar los problemas. Medidas de mitigación y remediación, estrategias de intervención, roles, recursos necesarios, entre otras). 

En términos de «historia judicial» de la provincia de Córdoba, esta resolución podría conformar el primer «hito» (aun cuando tímido) en materia de justicia hídrica. No existen hasta la fecha resoluciones judiciales que, desde una pretensión ambiental, adopten un rol activo tal como el que adoptó el tribunal, exigiendo a los poderes administrativos el desarrollo de una política pública ambiental y fijando criterios para su implementación. Allí radica la importancia del pronunciamiento cautelar.

No obstante la importancia de la resolución judicial, debe reconocerse como aporte fundamental el trabajo en conjunto de las organizaciones de base y de la sociedad civil. La construcción colectiva de la demanda judicial y las luchas paralelas, constituyen la clave para activar los mecanismos institucionales, y de eso existen numerosos ejemplos a lo largo y ancho del país.

En cuanto a la resolución judicial, más allá de su gran virtud, existen puntos que deben atenderse de modo prioritario para evitar un fracaso a futuro. Las experiencias similares en otras jurisdicciones provinciales deben servir de aprendizaje para salvar aquellos obstáculos que impidieron el tan ansiado acceso a la justicia ambiental, por ejemplo, en la causa por el saneamiento del Riachuelo en Buenos Aires. 

Si bien el proceso judicial se encuentra recién en sus inicios, es importante, cuando no fundamental, que su tramitación se asiente en el permanente consenso y diálogo participativo con la sociedad civil. Aquí las guías que brinda el Acuerdo de Escazú deben ser seguidas por el Tribunal y las partes para evitar «caer en saco roto». Es importante que durante las diversas etapas que atraviese el juicio, sea en sede judicial o en los planes que la propia justicia ordene, se habiliten espacios de participación ciudadana, con foco en los grupos de personas con mayores afectaciones o en situación de mayor vulnerabilidad. 

Por otro lado, se debe evitar caer en la falencia que el tribunal resalta respecto a la situación actual, esto es, ordenar medidas fragmentarias y unidimensionales. A su vez, las acciones que se impongan o implementen deben ser sensibles a la cuestión social. Deben basarse en criterios de justicia que adviertan sobre el acceso al saneamiento, al agua potable, a la vivienda digna, al hábitat saludable, a la atención integral de la salud, entre otras. Se deberá prestar especial atención a las cuestiones de salud psicofísica, garantizando la escucha activa de quienes se consideren personas afectadas ese sentido. Aquí no deberá dudar el tribunal en convocar a instituciones académicas, organizaciones de la sociedad civil, agrupaciones barriales, y todo actor que pueda presentar un interés y aportar a una resolución legítima y dialógica.

Finalmente, se debe garantizar en lo inmediato el acceso a la información a toda la ciudadanía. Para ello resultará óptimo el diseño de dispositivos que permitan acceder a toda medida judicial que se dicte, a los informes elevados por las autoridades competentes, a los estudios y pruebas realizadas, entre otras. Ello permitirá un control ciudadano significativo, cuestión esencial por tratarse de un bien colectivo perteneciente a la esfera social.   

La resolución cautelar y el trabajo que la precede, constituyen ya un logro en pos de la justicia hídrica. Pero para su consolidación, las autoridades y la ciudadanía deberán ejercer sus roles, en la medida de sus deberes, desde una ética ambiental basada en la participación ciudadana, el consenso y por sobre todo, garantizando la recomposición del lago San Roque para el goce de sus servicios ambientales por parte de todas las especies, personas y sobre todo, de las generaciones futuras.   

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Juan Bautista López

Juan Bautista López es abogado, profesor en Ciencias Jurídicas y docente de la asignatura derecho de los recursos naturales y ambiental de la Facultad de Derecho UNC.

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