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El 22 de julio quedó establecido como el Día Internacional del Trabajo Doméstico durante el Segundo Encuentro Feminista Latinoamericano y del Caribe llevado a cabo en Perú en 1983. El objetivo era reconocer el trabajo no remunerado realizado mayoritariamente por mujeres en sus hogares. Hoy la agenda de cuidados, gracias a los movimientos feministas, va tomando cuerpo a través de diferentes políticas públicas que intentan avanzar, no sin obstáculos, hacia el reconocimiento de los cuidados como una necesidad, un derecho y un trabajo. 

El trabajo no remunerado que se conforma por su  faz doméstica, de cuidados, y comunitario, asignado a las mujeres, no solo se trata de cuidar a las personas a cargo, sino que abarca una dimensión mucho más amplia: la sociedad. Las actividades que constituyen los cuidados son fundamentales para la reproducción del sistema económico y social y para la sostenibilidad de la vida en general. 

En términos sencillos, los datos que tenemos demuestran que se mida como se mida las mujeres trabajan más y perciben menos contraprestaciones por ello.  Así lo ha identificado el Estado en la Encuesta Nacional de Uso del Tiempo (ENUT 2021), donde se manifestó que el trabajo doméstico y de cuidados no remunerado produce fuerza de trabajo materialmente, alimentándola y cuidándola. 

Los datos preliminares ponen de manifiesto que, por ejemplo, entre los 30 y 64 años, se registran los mayores niveles de participación en las tareas de cuidado (30,6%), actividad en la que participan en mayor medida las mujeres (37,7%), y que genera una sobrecarga para ellas, al superponerse las responsabilidades no remuneradas y remuneradas. 

¿Cómo incide, entonces, esta desigual distribución de las responsabilidades de cuidado según género? Según  el  INDEC, en el informe de Evolución de la distribución del ingreso (EPH)  durante  el primer  trimestre  de  2022  el  ingreso  medio  de  la  ocupación  principal de los varones ocupados fue de $75.552 y el de mujeres, de $54.205. En una misma línea, el indicador de participación económica advierte la brecha salarial, la feminización de la pobreza y la desigual presencia de varones y mujeres en la población económicamente activa. Por su parte, el Foro Económico Mundial, en su informe Índice Global de Brecha de Género de 2022 indica que hay un 68,1 por ciento de paridad y calcula que faltan 132 años para conseguirla. 

Estos indicadores tienen una íntima relación con el trabajo doméstico y de cuidado no remunerado que responsabiliza a las feminidades de los trabajos de reproducción de la vida, fundándose en una vetusta división sexual del trabajo, afectando de manera diferenciada la calidad de vida según géneros. 

Celebramos que existan datos que visibilicen desigualdades de géneros ya que son las bases, junto con la participación ciudadana, para promover políticas públicas más equitativas. Sin embargo, aún queda información por conocer pues no existen datos segregados respecto a la población travesti, trans y no binaria. 

 

El derecho al cuidado: de los movimientos feministas al derecho internacional 

La labor de reconocer el trabajo de cuidados lleva un largo recorrido histórico y que en la actualidad ha ganado un lugar en las agendas de los Estados gracias a los movimientos feministas. En la X Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe, de 2007, los gobiernos firmaron el Consenso de Quito, por el cual se comprometieron a adoptar medidas gubernamentales para atender la reproducción social, el cuidado y el bienestar de la población entendidos todos como responsabilidades públicas.

Las implicancias de este consenso resultan sumamente relevantes, ya que se logra partir de la concepción del cuidado como uno de los pilares del bienestar, y que de esta manera los Estados atiendan de manera integral la reproducción social. Así se avanzó en el reconocimiento del cuidado como un trabajo y como un derecho, constituyéndose como un bien social y una  responsabilidad pública.

Estos acuerdos fueron retomados en el Consenso de Brasilia (2010) durante la XI Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe y fueron ratificados por los Estados. Más recientemente, en el 48° período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos del año 2021, Argentina y México, con el apoyo de 50 países, presentaron la Declaración Internacional sobre la importancia del cuidado en el ámbito de los derechos humanos. El objetivo fue hacer un llamado a los Estados y al Sistema de Derechos Humanos para que analicen más a fondo las vías para promover la igualdad de responsabilidades de cuidado de los padres (entendidas como personas que ejercen la responsabilidad parental de infancias y adolescencias), prácticas laborales flexibles y discutir el acceso al cuidado y la participación en las responsabilidades del cuidado basadas en los principios de igualdad y no discriminación.

Más allá de estos compromisos en instrumentos internacionales, el trabajo de los movimientos feministas viene siendo vasto a nivel local, regional e internacional para cristalizar la idea del reconocimiento del trabajo de cuidados, su valor económico y las desigualdades de género, pero también de clase y etnia-raza que hoy lo atraviesan. 

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Políticas públicas de cuidado en Argentina: avances y cuentas pendientes 

Podemos decir que hoy, el Estado y la trama legal que lo sostiene intentan responder a lo que las organizaciones sociales y principalmente los movimientos feministas han instalado en el debate público: la injusticia social que significa que las tareas de cuidado recaigan de manera prácticamente exclusiva sobre las mujeres. Es así que la puesta en agenda del tema mostró resultados: se dictaron decretos por parte del poder ejecutivo y se presentó un proyecto de ley que regula un sistema integral de políticas de cuidado. 

El Decreto N° 475/2021 reconoce el trabajo de cuidado de sus hijes a lo largo de la vida a las mujeres y/o personas gestantes. La medida se dirige a mujeres con hijes, que se encuentren en edad de jubilarse, y que no cuenten con los aportes necesarios para hacerlo. 

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computa: 1 año de aportes por hije, 2 años de aportes por hije adoptade; y un adicional de 1 año por hije con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiarie de la Asignación Universal por Hije por al menos 12 meses. Además, se reconocen los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijes. 

En marzo de este año se reglamentó el art. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo (que data de 1974) y dispone que en las empresas donde existan cien personas empleadas, se debe ofrecer un servicio de guardería para niñes de 45 días hasta los 3 años de edad. En caso de no contar la empresa con el servicio deberá pagar a la persona trabajadora una suma de dinero no remunerativa en concepto de  gastos que se realicen para tales tareas de cuidado.

Esta reglamentación da cuenta de un criterio de justicia que se desprende mediante la eliminación de estereotipos de género que den por sentado que las infancias deben ser cuidadas por mujeres madres, sino que impone el modelo de responsabilidad parental, incluyendo a toda persona que realice los cuidados de crianza de los primeros años de una persona. Este modo de legislar posee así un elemento normativo que, como tal, buscará motivar los cambios valorativos-culturales necesarios para lograr una igualdad real en las tareas de cuidado. 

Con estas medidas el Estado reconoce su obligación de responder por las desigualdades que soportan en sus trayectos vitales quienes llevan adelante las tareas de cuidado. 

Proyecto de ley: Cuidar en igualdad

En el mes de mayo de este año el Poder Ejecutivo Nacional envió al Congreso el proyecto de ley “Cuidar en Igualdad”,  que tiene como fin la creación del Sistema Integral de Políticas de Cuidados de Argentina. En el mensaje que acompaña al proyecto, se destaca que la inequitativa distribución y organización social del cuidado es una de las principales causas de las brechas económicas de género como la brecha salarial, la feminización de la pobreza, la segregación en el mercado laboral. Pero también de la desigual calidad de cuidados que reciben las infancias, personas con discapacidad y personas mayores. 

El proyecto se encuadra dentro de los compromisos internacionales asumidos por el Estado nacional de alcanzar la igualdad, reconocer, valorar y profesionalizar el trabajo de cuidados.

El objetivo es establecer un sistema integral de cuidados con perspectiva de género que promueva y articule las políticas públicas en la materia. Se reconoce el trabajo de cuidados comunitario, se promueve la ampliación de la oferta de servicios e infraestructura de los cuidados, entre otras medidas. Asimismo se impulsa la modificación en las licencias para personas gestantes y no gestantes para ampliar el derecho a cuidar y lograr gradualmente el mínimo de 126 días que establece la Organización Internacional del Trabajo (OIT). También, se reconocen derechos a todas las formas de familias (adopción, técnicas de reproducción humana asistida). 

Por otra parte, se reconoce el derecho a cuidar a monotributistas, monotributistas sociales y autónomos. Estos avances alcanzarían a ocho millones de personas. 

Los cuidados en agenda

Que el Estado decida hoy conocer sobre cuidados, no significa una ocurrencia, una innovación estatal en brindar respuestas. En realidad, estas heterogéneas medidas oficiales que van desde decretos reglamentarios, a proyectos de leyes y encuestas, son la manera de responder a las cuestiones que los movimientos feministas lograron poner en agenda. Lo que estos comunican es que las tareas de cuidados son el sostén de la economía, y que esa función viene siendo cargada gratuitamente por las mujeres, a costa de la entrega indiscriminada de sus tiempos, a favor de la reproducción de la sociedad. 

Hoy se develó que los cuidados, no son una cuestión privada, y  tal como lo demandan las organizaciones sociales, es el Estado el que debe garantizar la igualdad regulando los cambios requeridos para democratizar la tarea de sostener la vida. 

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