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Hoy el marco legal argentino habilita el derecho a interrumpir el embarazo de manera libre hasta la semana 14, y luego de ese plazo, dentro de las causales establecidas, la situación es radicalmente diferente, y para mejor. Desde la aprobación de la ley, mucho ha cambiado y los avances son palpables, sobre todo en la provincia de Córdoba, en donde hace no mucho tiempo atrás, ni siquiera era del todo posible acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), también conocida como aborto por causales. 

La ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), sancionada por el Congreso el 30 de diciembre del 2020 y en vigencia desde el 24 de enero del 2021, está próxima a cumplir 5 meses. Desde entonces, el Ministerio de Salud de la Provincia viene llevando adelante una serie de acciones tendientes a habilitar y mejorar el acceso a la práctica en todo el territorio. Al 17 de marzo, según un informe realizado por Esteban Ruffin, Director General de Hospitales de Córdoba Capital y responsable por la implementación de la ley de IVE en la provincia, contaban con 33 hospitales y centros de salud que garantizan el acceso a la práctica (en la ciudad de Córdoba: 6 de ellos provinciales, 1 municipal y 3 dependientes de la UNC, y luego otros 23 en localidades del interior). A ellos deben sumarse los Centros de Atención Primaria de la Salud (CAPS), los que en su mayoría dependen de jurisdicciones municipales, y elevan a más de 100 el total de instituciones públicas que brindan atención a quienes requieren una Interrupción Voluntaria del Embarazo. 

Asimismo, durante los meses de febrero y marzo, el organismo ha llevado adelante capacitaciones e instancias de formación, con el objetivo de informar sobre la implementación de la ley 27.610 y desarrollar acciones tendientes a dar solución integral, para garantizar el acceso de manera oportuna respetando los derechos de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar y, además, lograr la construcción de una red provincial de atención y derivación oportuna. 

Lo que falta

A pesar de todos estos esfuerzos, el acceso sigue siendo muy dispar. Aún no se conoce en profundidad el nuevo marco legal, y tanto profesionales de la salud como usuarias presentan dudas respecto de la práctica y posibles complicaciones. Por lo que es importante habilitar nuevas instancias de formación y difundir los aspectos principales de la ley. 

Por otro lado, muchos profesionales manifiestan que hay dificultades para acceder a los insumos necesarios para la práctica, como el misoprostol o los equipos de AMEU (aspiración manual endouterina).

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Otra vez sopa: la judicialización 

A los obstáculos y dificultades esperables a la hora de implementar la ley, propios de la necesidad de readecuar los sistemas de salud a un nuevo contexto, se suma el problema de la judicialización. 

En el país, los sectores conservadores han iniciado alrededor de 30 acciones judiciales en contra de la ley de IVE. Más de 10 de ellas ya cuentan con rechazos in limine, es decir, se descartaron las pretensiones de quienes intentaron cuestionar la constitucionalidad de la ley o solicitaron medidas cautelares para suspender su aplicación. 

En Córdoba, la misma organización que judicializó el protocolo para los abortos no punibles, impidiendo su aplicación desde el 2012 hasta el 2019, Portal de Belén, es nuevamente protagonista de las iniciativas que buscan atacar la vigencia de la ley. Con las mismas estrategias que en aquella causa, se cuestiona la constitucionalidad de la norma y al mismo tiempo se pide la suspensión de la aplicación mediante una medida cautelar. 

En los tribunales provinciales, Aurelio García Elorrio, ex legislador y referente de Portal de Belén, interpuso un amparo en contra de la provincia de Córdoba, cuestionando la constitucionalidad de los programas que implementa el Ministerio de Salud para garantizar la IVE. La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Córdoba admitió el amparo, pero rechazó la cautelar dos veces. 

Paralelamente, en la justicia federal, Portal de Belén presentó también un amparo, en contra del Estado Nacional, con la misma pretensión: que se declare la inconstitucionalidad de la ley. En este proceso se acaba de resolver el conflicto de competencia entre Río Cuarto (en donde la organización presentó la acción) y Córdoba (en donde la organización tiene su domicilio), resultando competente el Juzgado Federal N° 1 de la ciudad de Córdoba. 

En ambos expedientes las organizaciones de la sociedad civil Fundeps, Católicas por el Derecho a Decidir y la Clínica de Litigio de Interés Público (CLIP) hemos solicitado intervención como terceras interesadas, por considerar que el resultado de dichas acciones puede afectar los derechos humanos de las mujeres y personas gestantes. 

Sin embargo, es importante aclarar que ninguno de estos procesos altera la vigencia de la ley, que continúa siendo aplicable y exigible en todo el territorio nacional. 

Garantes de derechos 

La ley 27.610 establece como derecho el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y viene a ampliar y a mejorar los estándares de derechos sexuales y (no) reproductivos y de derecho a la salud. Detrás de este derecho se encuentran los profesionales de la salud que garantizan el acceso a conciencia, con respeto y con cuidados, acompañando la decisión de quienes llevan adelante la práctica. 

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El pasado 28 de mayo, Día Internacional de Acción por la Salud de las Mujeres, fue el primer 28M con ley, todas las acciones se dirigen a visibilizar esta conquista y seguir ampliando el acceso a la IVE y a todos los otros servicios de salud sexual y reproductiva. Pero, además, en esta fecha resulta fundamental reconocer a los y las trabajadores de la salud que sostienen prácticas respetuosas, informadas, amorosas y cuidadas a la hora de garantizar abortos seguros. 

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Esta nota fue publicada originalmente en La Voz

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