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En el año 2006 se sancionó el Programa Nacional de Educación Sexual Integral, Ley N° 26150. Para llegar a su sanción en Diputados, las comisiones de Educación, Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia fueron las responsables de la consideración de los proyectos presentados. Luego, en el Senado, Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología fueron quienes hicieron el dictamen en el proyecto de ley en revisión. En ambos recintos hubo disidencias, sobre todo fundadas en creencias religiosas, y fuertes cuestionamientos en relación al diálogo que debería existir entre familia-escuela al momento de trabajar los contenidos que plantea la ESI.

Nuestra experiencia docente comienza algunos años después de aquella sanción.  Aunque tenemos distintos recorridos trabajando en diversos espacios educativos, en esta oportunidad queremos contar una práctica educativa que implementamos en una Escuela secundaria de la Universidad Nacional de Córdoba, en la materia optativa de Derecho con eje en Género que se cursa en el cuarto año. 

Ambas somos abogadas feministas con formación en género. Cada una de nosotras tiene un curso de alrededor de treinta estudiantes. Sin embargo, planificamos actividades en conjunto para posibilitar la co-docencia, permitir la unión de distintos cursos y mostrar, sobretodo, lo provechoso que puede ser trabajar en cooperación.  

Así, en el marco del trabajo en el aula, propusimos una actividad de lectura, comprensión y propuestas de modificación de la Ley 26.150, por parte de los/as estudiantes, finalizando en un debate parlamentario, con la técnica del role playing. La idea fue plantear diferentes puntos de vista, con modificaciones sustanciales a la ley, posibilitando una comprensión acerca del debate en torno a su implementación y buscando que argumenten sobre la restricción o ampliación de los derechos que emergen de la Ley ESI.

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Los/as estudiantes formaron grupos de trabajo que, luego, en la actuación, se convirtieron en partidos políticos ficticios, con diferentes ideologías. Parte de la consigna que les brindamos fue instar a que estén todas las voces emergentes a favor y en contra de la legislación.

Debían preparar un discurso que tendría que ser enunciado por uno/a de ellos/as en alrededor de ocho minutos, así como prepararse para defender su postura ante las preguntas que les harían sus propios/as compañeros/as luego de anunciada su propuesta modificatoria. 

La lectura de la realidad política por parte de los/as estudiantes demostró la coyuntura de nuestro país: discursos morales y religiosos proponían que no se implementara la ley. Ello, en su mayoría, argumentando que corromperá a niños, niñas y adolescentes y que inculcaría una cultura que atenta contra las tradiciones. Desde otro costado, quienes solicitaban que la ley se implementara con algunas mejoras necesarias, sostenían que la tradición ha condenado a los niños, niñas y adolescentes a ser víctimas de abusos (incluso intrafamiliares), desprovistos del cuidado de su propio cuerpo y una censura al conocimiento de cómo cuidarse en el desarrollo de sus relaciones afectivas.

¿Tradición vs. autonomía? Nuestros/as estudiantes lo mostraron como una tensión entre dos grandes valores en pugna. Aunque ellos/as están totalmente convencidos de que la ESI es un derecho que tienen, instarlos a que “actuén” y propongan una visión de las tensiones políticas actuales era nuestra meta. Eso, ya que creemos que el debate podría ahondar en el porqué de la resistencia a la ESI. Y así fue. 

¿Qué son las tradiciones? Son la manera en la que los adultos transmiten sus valores y conocimientos a las próximas generaciones, buscando que pertenezcan a la sociedad que han creado. Sucede que la transmisión de la tradición parece, en el acto educativo, requerir de un paradigma de la autoridad. Acá parece necesario detenerse a analizar porqué la ESI podría posibilitar un cambio de paradigma en la propia transmisión del conocimiento. Veamos: asumiendo que el acto educativo es, en sí  mismo, transmisor de conocimiento y “normas”, podemos ver dos grandes paradigmas. El primero, el paradigma de la autoridad, plantea a los/as docentes en el centro del encuadre educativo y considera que es la propia experiencia moral que dota de autoridad al mayor y le otorga la potestad de crear la norma. Los estudiantes deben acatar la autoridad, sin interpelar a las razones de porqué lo transmitido es “bueno” o construye propone algún bienestar al estudiante. La moral circula por la construcción de una autoridad que debe ser respetada. El segundo, en cambio, un paradigma de la convivencia, entiende al/a la docente como un/a agente que garantiza la norma “necesaria”, que obliga a quienes comparten el acto educativo, porque en el centro está el propio cuidado y el cuidado de los/as otros/as. Los/as docentes/as son garantes de la obligación colectiva, “te obliga a ti tanto como a mí”, estando en presencia de una ética del semejante en donde la autoridad debe dar razones de porqué esa trasmisión del conocimiento habilita el propio cuidado y el bienestar del estudiante, sembrando una ética del cuidado y la ternura, sobre la base del interés concreto hacia el otro. 

Hay una clara diferencia entre moral y ética. En el primer caso, el paradigma de la autoridad se ve sostenido por una moral que no hace participar en la discusión al estudiante, no le otorga la palabra en donde se posibilite cuestionar el contenido de lo transmitido, y es, sobre todo, un vínculo que perfecciona a quien va dirigido. En cambio, el paradigma de la convivencia se ve sostenido por la ética del semejante en donde quien transmite conocimiento lo hace posibilitando la voz de quien lo recepta, buscando que su propia subjetividad aparezca en el diálogo y que los espacios de convivencia posibiliten el encuentro entre diversos pensamientos y formas de ser individuales. Lo colectivo es la unión  entre nuestras individualidades manifestadas, garantizadas por el respeto, el afecto y el interés por el propio cuidado y el cuidado de todos aquellos que conviven en un espacio común.

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¿Qué viene a proponer la ESI? La autonomía de los/as estudiantes en el centro del acto educativo. Propone, entonces, desde sus propias bases, un paradigma de la convivencia, garantizado por la ética del cuidado. 

¿Cuál es el rol docente que posibilita ese paradigma de la convivencia? El rol que otorga la palabra, planifica estrategias didácticas que busquen la participación de todo el alumnado y logre un clima de aula que garantice el respeto por la diversidad subjetiva de cada uno/a.

¿Y los/as estudiantes? Hemos crecido con frases tales como “los jóvenes están adormecidos”, “no les interesa la política”; por un lado, y “los jóvenes son el futuro de nuestro país”, por el otro, mostrando una supuesta dicotomía o algún tipo de dilema político. ¿Y si la tradición educativa no dió lugar a sus voces? ¿Y si la autoridad no ha posibilitado el intercambio? ¿Y si se ha quitado del centro del acto educativo el cuidado por el propio cuerpo, la propia vida y también la vida de quienes comparten espacios entre sí? ¿Y si todo eso puede cambiar? Esta juventud es el presente de nuestro país, y defendiendo una ética del semejante, nuestro futuro es prometedor.

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Agostina Chuburu

Abogada. Docente en Escuela Superior de Comercio Manuel Belgrano. Integrante del Cuerpo de Abogadas Feministas de Córdoba.

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