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Poco antes de morir, Vicente (87) y Argentino (81) tal vez pensaron en su familia, en lo que comerían al día siguiente, en el frío de afuera o en lo que vieron en la televisión esa noche. Tal vez se sintieron solos o abandonados, lejos de todo lo que amaron en la vida. Pero con seguridad no pensaron en que un cortocircuito en el caloventor que entibiaba la habitación del geriátrico donde vivían condenaría a los dos a padecer una muerte horrible y dolorosa. Ambos fallecieron por las graves quemaduras que sufrieron, solo para sumarse a una triste lista que se engrosa todos los inviernos.

El lugar no contaba con medidas de seguridad básicas, como sensores, alarmas de fuego ni de humo. Los matafuegos estaban descargados y el establecimiento no tenía habilitación municipal. La dueña del lugar y la enfermera que trabajaba allí quedaron imputadas de homicidio culposo agravado por el número de víctimas, un delito que prevé, en caso de condena, una pena de 2 a 5 años.
No es la primera vez en Córdoba que un geriátrico es noticia por ser tragedia. El caso más grave se registró en Le Petit Residence, una casona del Cerro de las Rosas donde en 2010 fallecieron seis personas producto de las quemaduras y de la inhalación de monóxido de carbono en una situación similar.
Este tipo de situaciones deben analizarse en un contexto macro que comprenda la situación general de maltrato físico y psicológico en la que se encuentra una parte de los adultos mayores de nuestro país.
Con frecuencia después de las tragedias, las residencias de largo plazo son utilizadas por los medios de comunicación para denunciar diversas formas de maltrato, aunque de ningún modo este flagelo debe encasillarse en estos centros. Las personas mayores se encuentran vulnerables a una condición de riesgo, impotencia, abandono o explotación (CEPAL, 2004), que se extiende a institutos psiquiátricos, centros de salud o penitenciarios, puestos de trabajo e incluso el seno familiar, entre otros espacios. Con frecuencia el riesgo de muerte inminente no radica en la edad avanzada de la persona, sino en otros factores de distinto orden que suelen ser interdependientes.
En 2016, la Organización Mundial de la Salud (OMS) advirtió de que al menos el 10% de las personas mayores sufre algún tipo de maltrato, ya sea físico, sexual, psicológico o económico, lo que califica de un “importante” problema de salud pública. En concreto, se estima que entre el 0,2% y el 4,9% de las personas sufren abusos físicos, entre el 0,04% y el 0,82% abusos sexuales, entre el 0,7% y el 6,3% maltrato psicológicos, entre el 1% y el 9,2% abusos económicos y entre el 0,2% y el 5,5% padecen algún tipo de negligencia (OMS, 2016).
A razón de lo expuesto, buscando sensibilizar a la población y expresar la rechazo a los abusos infringidos a las personas mayores, se designó el 15 de junio como el Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez. Los casos se producen todos los años y la cara menos visible de esta situación tiene directa relación con el no respeto de un principio básico: el derecho a la vida.
Sin una concientización al respecto solo llaman la atención los casos más graves de maltrato que terminan en homicidio, ya que las personas de edad avanzada que son víctimas de violencia y que no utilizan los servicios médicos o sociales difícilmente pueden hacerse notar (Naciones Unidas, 2002).
El maltrato de las personas de edad avanzada es ineludible, aunque persisten las dificultades para detectarlo, visibilizarlo e intervenir adecuadamente. A menudo se supone que ciertos comportamientos o estados físicos en una persona mayor se deben a su edad avanzada o a su mala salud. Además, no hay una suficiente institucionalización jurídica de este asunto y de su origen en una línea estable y significativa de políticas públicas de salud. Se espera que en los próximos años en todos los países del mundo aumente sustancialmente el número de personas mayores. Según el INDEC, Argentina es uno de los países más envejecidos de Latinoamérica.
En este contexto, con frecuencia las tareas de asistencia y cuidados de las personas mayores son delegadas a instituciones como las residencias geriátricas. Esto constituye un gran desafío para la sociedad argentina ante los episodios frecuentes de violación de derechos humanos básicos de las personas que allí viven. Una de las dificultades es que no existen normas nacionales que unifiquen exigencias puntuales de calidad y atención en estos lugares. Las normas provinciales, en general, solo aluden a cuestiones edilicias.
Llegó la hora de que nos sentemos a debatir sobre el lugar que ocupan y deberían ocupar los adultos mayores en las agendas públicas. ¿Seguirá rigiendo el paradigma que considera a los viejos como sujeto fuera de la población económicamente activa, por lo tanto prescindibles y desechables?

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María (82), residente de un geriátrico de la ciudad de Córdoba, cuenta su historia con lágrimas en los ojos. “A mi me dijeron que me traían por unos días porque iban a arreglar mi casa”. Mira triste y enojada. Pero continúa: “Ya pasaron dos años y medio. Si hubiera sabido, no me sacan: me agarraba a las paredes con uñas y dientes. La casa que compramos con mi marido hace cincuenta años. Donde tuve y crié a todos mis hijos. ¿Por qué tenían que mentirme?”. Rompe definitivamente en llanto y entre sollozos, sus palabras se clavan como flechas en el corazón: “Si al menos me vinieran a ver…”.

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El 9 de mayo de 2017 se aprobó, en Argentina, la Convención Interamericana Sobre Protección de los derechos humanos de las personas mayores, cuyo objeto es “promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena inclusión, integración y participación en la sociedad”.

Para el cumplimiento de estos derechos, la Convención también señala “la obligación de eliminar todas las formas de discriminación, en particular, la discriminación por motivos de edad; reconociendo que la persona, a medida que envejece, debe seguir disfrutando de una vida plena, independiente y autónoma, con salud, seguridad, integración y participación activa en las esferas económica, social, cultural y política de sus sociedades”. Esto implicaría reducir el número de víctimas por incendios en geriátricos a cero.

Isolina Dabove, explicó que:

“la aprobación parlamentaria de esta Convención consagra un nuevo paradigma positivo en torno a la vejez y permite que este Tratado entre en vigencia en nuestro país y que tenga jerarquía superior a las leyes. Obliga a los jueces a aplicar su contenido en toda decisión vinculada a personas mayores y el Estado argentino se compromete a poner en marcha políticas públicas que concreten los derechos contemplados en ella. También permite que cualquier argentino pueda interponer una petición individual para denunciar la violación de sus derechos ante la Comisión Interamericana.” (Fuente)

Además, agregó que:

“la adhesión a este acuerdo impacta de manera directa en el contenido y desarrollo de las políticas públicas gerontológicas, tanto nacionales como provinciales. Dado que se trata de un tratado internacional de derechos humanos, se impone también a las Constituciones Provinciales y a la legislación provincial respectiva. No hace falta que las Provincias adhieran a ella. Quedan obligadas a su cumplimiento, igual que el Estado nacional.”(Fuente)

La ratificación de la Convención resalta la importancia de que el Estado, en sus diferentes niveles, asuma un rol activo, asegurando la asignación de recursos públicos que permitan respetar los derechos humanos de las personas de edad avanzada. 

El acuerdo sirve de base jurídica para el desarrollo de iniciativas nacionales y provinciales que garanticen la protección de las personas de edad frente a la violencia y al maltrato. Sin embargo, es imperativo señalar que cualquier acción que se emprenda en este sentido debe apoyarse en un cambio de paradigma acerca de la conceptualización, el análisis y el tratamiento del maltrato: debe tratarse como un problema social, no solo de las personas que lo sufren.

La información sobre este tema es escasa y es imperiosa la necesidad de programas que contribuyan al efectivo cumplimiento de las medidas. También es preciso asegurar a las personas mayores que sufrieron y sufren violencia doméstica a tomar decisiones para recobrar su independencia, acceso a su vivienda, apoyo económico, formación, pensión digna o trabajo cuando estén en condiciones de realizarlo.

Son necesarias medidas concretas por parte del Estado en el marco del desarrollo de políticas públicas de salud. Hasta entonces es poco probable que haya cambios reales en la situación de violencia y maltrato a la que son sometidos miles de ancianos de nuestro país y el mundo.

Si bien la aprobación de políticas públicas que resguardan los derechos de los adultos mayores es un avance importante, la realidad indica que todavía queda un largo camino que recorrer para asegurar el cumplimiento efectivo de esos derechos. Por un lado, un Estado que en sus diversos niveles no dedica suficiente recursos para asegurar el respeto de los derechos humanos de una parte importante de su población y que en ocasiones tolera irregularidades porque reconoce sus límites para proveer una solución sostenible. Por el otro lado, una sociedad que es capaz de abandonar a sus adultos mayores cuando ya no les sirven, para que sufran todo tipo de ofensas, humillaciones, violaciones a sus derechos e incluso la muerte, debe replantearse seriamente el orden de sus prioridades… si no queremos ser nosotros los abandonados en un futuro, cuando ya no le sirvamos a la generación venidera. Como dice María: “Si al menos me vinieran a ver…”.

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